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Antecedentes históricos de la Legión de Honor
El día 7 de junio tomando en consideración la circular de tal fecha y mes del año 1917, se organizó como corporación la Legión de Honor del Ejército Nacional. Se creó una junta para su estudio orgánico y la elaboración de su Reglamento. El desde entonces ya General de División Jacinto B. Treviño la presidió; tuvo la junta además como secretario, al General de Brigada Federico Montes y Brigadieres Benjamín Bouchez, Francisco L. Urquizo y abogado Ramón Frausto como vocales. Después de celebrar sus integrantes 32 sesiones mediante discusiones acaloradas, -aún efervecía el período turbulento de la Revolución-; unificaron su criterio y sometieron al superior conocimiento del señor Presidente Carranza el proyecto de acuerdo, del cual consignamos algunos de sus puntos. Se formarían 24 grupos por orden alfabético, a saber: en el D.F. (3 grupos) A.B.C., Toluca, Méx. D., Querétaro, Qro., E., Morelia, Mich. F., León, Gto. G., San Luis Potosí. H., Guadalajara, Jal. (2 grupos) L., M., Durango, Dgo. N., Monterrey, N.L., (O), Culiacán, Sin., P., Hermosillo, Son. Q., Puebla, Pue. (2 grupos) R., S., Orizaba, Ver. T., Puerto de Veracruz. V., Puerto México, Ver. X., Villahermosa, Tab. Y., Mérida, Yuc. Z.

 

Estos grupos dependerían directamente de la Secretaría de Guerra y Marina a través del Departamento de Estado Mayor. El artículo 3/o. señaló que la Plana Mayor quedaría compuesta por un Director General Brigadier o Coronel; un Subdirector, Coronel o Tte. Cor., un jefe de instrucción, Tte. Cor. o Civil asimilado, sólo para el desempeño de su cometido. Se otorgó al Director, en relación al grupo, la señalada por la Ordenanza General del Ejército para el Jefe de Batallón o Regimiento. Tal como se especifica, su creación fue en forma transitoria por la urgencia para dar colocación honrosa a los jefes y oficiales excedentes del Ejército Constitucionalista y hacer grupos homogéneos de hombres aptos para la defensa del Territorio Nacional en caso necesario; pero siendo su obligación primordial la de impartir la instrucción a las clases de tropa para que al marchar éstas a prestar sus servicios, ya lo hicieran lo suficientemente preparadas. A su vez, los jefes y oficiales recibirían la instrucción adecuada para adquirir la aptitud necesaria en su futura vida militar. Los grupos tuvieron una composición orgánica semejante a la de batallones. Conservó después de diferentes nombres, el de legionarios desde el Director del Grupo hasta el Subteniente.

 

La Legión de Honor del Ejército Nacional que con toda eficacia llenó la finalidad para la que fue creada y cuya organización fue transitoria hubo de desaparecer; más, es menester insertar aquí la circular de 7 de junio de 1917, para que se vea el espíritu justiciero del Presidente Carranza para con los hombres de la Revolución, honrándolos en forma como lo hizo.

 

“ASUNTO.- Se aclara la circular de 31 de mayo anterior que se refiere a la organización de las fuerzas de Infantería y Caballería, en el sentido de que los excedentes que resulten en las diversas corporaciones, no serán dados de baja, ni considerados fuera de servicios, sino que se procederá con ellos de conformidad con las instrucciones contenidas en la presente circular”.

 

Al margen un sello que dice: Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina.-México.- Departamento de Estado Mayor.

 

“Refiriéndome a la circular que dirigí a usted con fecha 31 de mayo anterior, relativa a la organización de las fuerzas que están bajo su mando, de conformidad con los Reglamentos de Infantería y Caballería vigentes en los años 1912 y 1913, y en vista de los informes que han rendido ya algunos jefes respecto de los numerosos excedentes de Jefes, Oficiales y Clases, el Ciudadano Presidente de la República ha tenido a bien acordar que se haga saber a usted para que sea interpretada debidamente la circular del 31 de mayo, que los excedentes que resulten en las diversas corporaciones no serán dados de baja ni considerados como fuera de servicios, sino que se procederá, respecto a ellos, conforme a los puntos siguientes:

 

  1. El plazo fijado de un mes, que terminará el 30 del presente servirá para que los Generales con mando de Divisiones o de Brigadas rindan informe a esta Secretaría, respecto a los excedentes de Jefes, Oficiales y Clases que se les resulten y podrá ser prorrogado, a juicio del Ejecutivo, en cada caso que así lo soliciten los Jefes de Brigadas o Divisiones, fundando las causas en que apoyen su petición.

  2. Una vez que hayan sido integradas las Corporaciones Militares con las denominaciones de Batallones o Regimientos, según se trate de fuerzas de Infantería o de Caballería, los Jefes de Brigadas o Divisiones darán cuenta a esta Secretaría, del número de Jefes, Oficiales y Clases que resulten excedentes, con objeto de que la propia Secretaría ordene su organización en nuevos cuerpos, que se formarán como sigue:Con los Cabos y Sargentos excedentes se formarán fracciones constituidas (Escuadra, Pelotón, Sección, Compañía, etc.), y cuyo mando se encomendará a Clases, Oficiales o Jefes, según su importancia y que, por sus méritos en campaña sean considerados por la superioridad con derecho a esa distinción, y todos los Cabos y Sargentos que constituyan esos Batallones percibirán sus haberes íntegros conforme a sus grados.Con los Jefes y Oficiales excedentes, el ciudadano Presidente ha acordado que se forme una corporación que se denominará Legión de Honor del Ejército Nacional, cuya reglamentación se sujetará a las prevenciones anteriores, dadas para Cabos y Sargentos, continuando su antigüedad en el escalafón y percibirán sus haberes como si estuvieran en filas.

  3. Al quedar organizadas las fracciones constituidas de que se habla anteriormente, así como la Legión de Honor, todas ellas quedarían dependiendo del Jefe de la Brigada o División a que pertenecen actualmente, mientras esta Secretaría determina su nueva situación.

  4. Las nuevas instituciones que se formen con los excedentes de Jefes, Oficiales y Clases continuarán percibiendo sus haberes por conducto de las pagadurías de las corporaciones donde actualmente se encuentran prestando sus servicios y con cargo a presupuestos especiales, ajenos al presupuesto del Batallón o Regimiento ya organizados.

  5. Su documentación (Papeletas de Haberes, Nóminas, Legajos de Listas de Revistas, etc.) estará por lo tanto desligada de la de los Batallones y Regimientos ya organizados, aunque en el orden militar quedará subalternada y sujeta a la revisión del jefe de dicha Unidad.

 

Se les ordenará igualmente a los Jefes de Brigada o División hagan conocer estas disposiciones a todos los Jefes con mando de fuerzas que estén a sus inmediatas órdenes, para su cumplimiento, y a fin de que lo hagan saber a sus subordinados, por la orden particular del día, de la corporación a su mando.

 

Reitero a usted mi atenta consideración.

 

Constitución y Reformas. Palacio Nacional, México, D.F., junio 7 de 1917.- El General de División Subsecretario, encargado del despacho de Guerra y Marina, J.A. Castro.- Rúbrica”.

 

La actual Legión de Honor Mexicana, fue creada por Decreto del 1/o. de febrero de 1949, siendo presidente de la República el Lic. MIGUEL ALEMÁN VALDEZ, Secretario de la Defensa Nacional el General de División GILBERTO R. LIMÓN y Secretario de Gobernación el Señor ADOLFO RUIZ CORTINEZ.

 

Para la creación de la actual “LEGIÓN DE HONOR MEXICANA” se tomaron en cuenta los siguientes considerados:

 

CONSIDERANDO que es conveniente formular un sistema legal coordinado que fije la situación, con relación al Estado, de aquellos, militares que han contribuido de manera relevante a lograr las conquistas sociales que animan nuestra Constitución Política, por medio de las armas, de la palabra, o de la escritura, o en cualquier otra forma meritoria;

 

CONSIDERANDO que es pertinente honrar y enaltecer cumplidamente, en vida, a quienes forjaron nuestra nacionalidad o defendieron la República contra agresiones extranjeras, tendiendo a la vez a estimular el espíritu cívico de los mexicanos para salvaguardar la soberanía e independencia nacionales;

 

CONSIDERANDO que es justificado el precepto moral que manda honrar y premiar a los militares que han servido meritoriamente al Estado, contribuyendo a plasmar el actual orden jurídico constitucional, que satisface los anhelos de la Revolución Mexicana.

 

De conformidad con los considerados arriba transcritos, el propósito de la Legión de Honor Mexicana actual, es desde sus orígenes el de honrar y enaltecer en vida a mexicanos que lucharon en el pasado para forjar la nacionalidad mexicana, a los que participaron luchando con las armas en esa larga guerra civil de 20 años, que empezó con la Revolución Maderista en 1910 y concluyó en 1929, con la última rebelión militar; también pueden ser Legionarios ahora en que durante muchas décadas no ha vuelto a presentarse la guerra civil, todos los militares que cumplan 30 años de servicios ininterrumpidos y que hayan hecho carrera digna y destacada.

 

Las oficinas de la Comandancia de la Legión de Honor Mexicana, se establecieron en el segundo piso del edificio actual de la Secretaría de la Defensa Nacional, a partir de su creación y hasta 1968, en que se trasladaron al Pabellón VENUSTIANO CARRANZA, ubicado en el edificio que fue del H. Colegio Militar en Popotla, Distrito Federal, en donde se encuentran actualmente.



Última actualización el Viernes, 09 de Septiembre de 2011 11:32
 

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