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Devolución de documentos personales.

Normatividad aplicable al trámite

Estos documentos se devolverán de conformidad con el: Reglamento de Archivo Militar, Capítulo VIII, Artículo 80 y Capítulo X, Artículo 99, Fracción II.

Casos en los que debe o puede realizarse el trámite


Cuando al interesado no se le entregaron sus documentos personales al momento de causar baja por diferentes motivos y se encuentren físicamente en los archivos de la Dirección General de Archivo e Historia y desee la devolución de estos documentos.

Manera de presentar el trámite


En el módulo de atención al público ubicado en la Dirección General de Archivo e Historia, deberá realizar el siguiente procedimiento:

  1. Entregar el formato de búsqueda de documentos requisitado.

  2. Acudir al módulo para pedir el informe del resultado de la búsqueda.

  3. Solicitar los documentos.

  4. Presentarse para que le sean entregados los documentos solicitados o mediante escrito solicitando la búsqueda de los documentos dirigido a la Dirección General de Archivo e Historia, utilizando el servicio de mensajería o correos de México, para el efecto la contestación será por la misma vía, pudiéndose realizar de esta forma los demás pasos del trámite.

Formato correspondiente al trámite, en su caso, y su fecha de publicación en el DOF


No aplica.

Datos

  1. Grado, especialidad, arma o servicio (que ostentó en el activo).
  2. Nombre.
  3. Matrícula.
  4. Fecha de baja o deserción.
  5. Unidad de la que causó baja.
  6. Motivo de la baja (solicitud, mala conducta, deserción u otros).

Documentos

  1. Formato de pago por los derechos federales en el formato "e5cinco" utilizando la clave 034001150, con el sello de la sucursal bancaria o comprobante de pago (solo para la solicitud).

  2. En caso de que designe a un reprsentante legal o apoderado para realizar algún trámite, debarán anexar poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos, ante las propias autoridades o fedatario público, según el caso, y copia de una identificación oficial con fotografía y firma.

  3. En caso de extintos anexar (acta de defunción, acta de nacimiento para comprobar el parentesco e identificación oficial).

Plazo Máximo de resolución

10 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta.

No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso.


Sí aplica.

Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables al trámite.

Gratuito

Vigencia del trámites


El trámite de búsqueda de los documentos tiene una vigencia de 1 mes, a partir de que se solicite, pasando este tiempo tendrá que iniciar nuevamente su solicitud de búsqueda, pasado este tiempo tendrá vigencia de 3 meses para recoger los documentos solicitados.

Criterios de resolución del trámite.

La devolución de los documentos se realizará siempre y cuando el documento que se solicita, se encuentre en los archivos de la Dirección General de Archivo e Historia.

Unidades Administrativas en las que se puede presentar el trámite.


Dirección General de Archivo e Historia.

Horarios de atención al público.


Lunes miércoles y viernes de 08:30 a 13:00 horas.
Martes y jueves de 08:30 a 13:00 horas.

Números de teléfono, e-mail, así como la dirección y demás datos relativos a cualquier otro medio que permita el envío de consultas, documentos y quejas.


Secretaría de la Defensa Nacional, Dirección General de Archivo e Historia. Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho, Esq. Av. Miguel de Cervantes  Saavedra No. 596, Col. Irrigación, Delegación Miguel Hidalgo, México D.F. C.P. 11640.

Módulo de Atención al Público, Conmutador: 56-26-59-11, extensión: 3502.

Módulo de Atención a Personal Militares Retirado, conmutador: 56-26-59-11, extensión: 3488.

Lada sin costo: 01 800 83 27 927.

Correo electrónico: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

Demás información que pueda ser de utilidad para los interesados.

Las tarifas cambian de conformidad a la Ley Federal de Derechos, pueden cambiar semestralmente (del 1/o. de enero al 30 de junio y del 1/o. de julio al 31 de diciembre)

La solicitud puede presentarse elaborada en computadora, máquina de escribir o manuscrita.

No se recibirán formatos de pagos, si no se ha realizado previamente la búsqueda de los documentos personales en los archivos de la Dirección General de Archivo e Historia.

Para la realización del trámite antes citado, no requiere de los servicios de representantes legales o apoderados, los puede llevar a cabo el interesado.
Última actualización el Jueves, 19 de Julio de 2012 11:22