Registro de un arma de fuego.
Normatividad aplicable al trámite (RFA-RA-001)
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
| Requisitos (RFA-RA-001)
- Presentar el arma descargada envuelta o en funda.
- Original y copia de identificación vigente con fotografía.
- Fotocopia del comprobante de domicilio.
- Fotocopia de la C.U.R.P.
- En el caso de pertenecer a un Club cinegético, presentar original y copia fotostática de la credencial de afiliación.
- En caso de ser ejidatario, comunero o jornalero, un documento que ampare esta condición.
- Realizar el pago en cualquier institución bancaria, mediante pago electrónico e5Cinco, asentando la clave de referencia 034001132 y clave de dependencia 00275220000000, entregando el original de dicho pago electrónico. (la cantidad a pagar deberá ser conforme a lo estipulado en la Ley Federal de Derechos vigente).
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Hoja de ayuda para el pago electrónico e5cinco (RFA-RA-001)
Plazo Máximo de resolución: 10 minutos. Aplica positiva o negativa ficta: No aplica. Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.
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Última actualización el Lunes, 16 de Julio de 2012 11:18 |