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Liberación de cartilla para el personal militar que causó baja del servicio activo

Requisitos:
  1. Original y copia del acta de nacimiento.

  2. Copia de una identificación oficial con fotografía.

  3. Copia de la C.U.R.P.

  4. Original y copia del certificado de servicios expedido por la Dirección del Arma o Servicio, Dirección General de Archivo o en su caso por el organismo al que perteneció.

  5. Copia del oficio de baja emitido por la dirección del arma o servicio, o copia certificada del mismo expedida por la Dirección General de Archivo e Historia.

  6. Original del comprobante del pago del trámite (podrá realizarlo en cualquier banco o en forma electrónica a través de internet) con el formato e5cinco, Clave de Referencia 037001486, cadena de la Dependencia 00135890000000, por la cantidad de $150.00 (ciento cincuenta pesos).
Nota:

Los ciudadanos que desertaron del Ejto. y F.A.M., que hayan cumplido menos de un año de servicios, que deseen liberar su Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional, deben presentar la constancia de haber culminado su Adiestramiento Básico Individual, Básico Especializado o un certificado de haber realizado dicho adiestramiento expedido por el organismo en el que prestó sus servicios.

En caso de extravío o inexistencia de lo anterior, se aceptarán Hojas de Instrucción Individual de primero o segundo nivel (o fases) en su caso, certificadas por la Dirección General de Archivo e Historia o por el organismo al que perteneció.
Última actualización el Lunes, 29 de Abril de 2013 10:15